martes, 11 de abril de 2017

5ª Comisión Paritaria PAS laboral: ¡objetivos cumplidos!

Durante la última sesión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del PAS laboral se han cumplido varios de los objetivos que nuestro sindicato se había marcado

Especialmente la solución a los problemas de las compañeras y compañeros afectados por la reforma de la RPT derivada de la fusión de Centros, y que les dejó en una situación de desamparo al colocarlos en adscripción provisional. Algo que implicaba que en el próximo concurso de traslado tuvieran que elegir en último lugar frente al resto de la plantilla, lo que desde CCOO suponía un doble castigo (el primero fue verse afectados por la reforma de manera forzosa).

Como ya dijimos, a nuestro sindicato le daba igual la fórmula que se utilizara, siempre que el objetivo fuera resolver este problema para beneficio de estas compañeras y compañeros. Nosotros lo intentamos con una propuesta en la anterior Comisión Paritaria que no pudo salir en aquel momento, pero ahora tanto CCOO como UGT hemos apoyado la propuesta de IC-STEC demostrando que cuando trabajamos de manera unitaria las cosas son fáciles.

También se ha cumplido el objetivo de que las Actas de Acuerdo recojan tanto los "acuerdos" como los "desacuerdos", tal y como ya explicamos en  nuestro mensaje informativo de diciembre sobre la anterior reunión de la Comisión Paritaria [clic aquí para leerlo: "Mala fe en la negociación"]. Y que en aquella reunión fue solicitado por Bebi Vega Barreto como portavoz de CCOO sin que obtuviera el apoyo del resto de sindicatos. En esta ocasión no ha sido necesario insistir ya que universidades y el resto de sindicatos han podido evaluarlo y ver que era un requisito legal para permitir la continuidad de procesos de reclamación judicial.

En el apartado Pas laboral del menú lateral derecho se puede acceder al Acta de acuerdos así como al borrador de Acta de la anterior reunión.

Precisamente ese punto, la aprobación del Acta de la anterior reunión se quedó pendiente al existir desacuerdo sobre si una sesión extraordinaria podía o no aprobar actas.

En la sesión también se trataron otros temas, como dos reclamaciones de IC-STEC. Una de ellas por considerar que la Mesa de Negociación conjunta laborales-funcionarios de la ULPGC incumple el artículo 80 del Convenio Colectivo y sobre la que presentarán Conflicto Colectivo al no alcanzarse acuerdo en la Comisión Paritaria. Misma decisión que anuncian por su reclamación sobre las sustituciones en caso de bajas por IT.

1 comentario:

  1. Eva Martín y Ana Cómez queremos manifestar en primer lugar, nuestra satisfacción por la resolución de un problema que nunca tuvo que haberse producido. Enhorabuena a todos los compañeros y compañeras que se vieron afectados por la fusión de centros y departamentos.

    En segundo lugar queremos exponer lo siguiente:


    Tras el comunicado emitido por Intersindical Canaria el día 28 de marzo de 2017, que hace referencia a la celebración de la reunión extraordinaria de la Comisión Paritaria del día 5 de abril de 2017, y sintiéndonos directamente implicadas nos vemos obligadas a manifestar que:

    Somos personal laboral fijo en adscripción provisional de la Universidad de La Laguna.

    Consideramos que, tal como se encuentra recogido en el convenio colectivo vigente, el procedimiento de adscripción de puestos de trabajo supone un agravio comparativo entre los trabajadores fijos con adscripción definitiva y los trabajadores fijos en adscripción provisional.

    Así lo hemos hecho constar en reiterados escritos dirigidos tanto a la Gerencia, como a los distintos sindicatos con representación en la ULL.

    Nuestra reivindicación siempre ha sido poder concursar en igualdad de condiciones que el resto de compañeros y, de ninguna manera, concursar en primer lugar, como se puede entender del último párrafo del comunicado antes mencionado, donde dice textualmente “En definitiva, lo que realmente querían era la modificación del Convenio y que eligieran primero los excedentes voluntarios antes que los fijos en el concurso de traslado (art. 24.4 del convenio colectivo)”.

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